viernes, 18 de mayo de 2012

constitucionalismo multinivel

constitucionalismo multinivel.

por el Dr. Armando Hernandez Cruz

A decir verdad, este articulo se me hiso muy interesante, nunca habia escuchado nada acerrca de este constitucionalismo.
Bueno, pues es una propuesta, y a la vez una critica constructiva al sistema que opera en nuestro pais.

En este articulo, la critica existente se da a la organizacion, y estructura, esto por motivo de que a pesar de que ya ha ´pasado el tiempo, Mexico, se ha quedado paralizado con los sistemas que se establecieron desde hace muchisimo tiempo.
El pais ha sufrido grandes cambios, por lo cual es importante que la estructura del pais sea adaptada al nuevo pais.

Uno aspecto que llamo mucho mi atencion, fue el hecho que el constitucionalismo multinivel, implica que cada ser humano se pueda desplazar de manera librepor donde mas le agrade, que sin importar el lugar en el que se encuentre, actus de manera libre, y como ciudadano del estado en el que esté.

Como ejemplo de lo anterior, tenemos pues el caso de Europa, en donde los sujetos actuan de manera libre por todo su territorio.

Podemos encontrar que la definicion de estado, ya esta superada, y resultaria conveniente preguntarnos, si es necesaris que siga existiendo. La realidad ha seguido cambiando conforme pasa el tiempo, dejando a un lado, y mas que a un lado, ha dejado atras el concepto de estado, y no solo esto, tambien a la soberania.

Hoy en dia ningun pais/ estado es soberano, ya que la realidad, nos ha llebado a que poderes de facto, superen la soberania.

En nuestros dias, en diversos lugares de nuestro pais, quien esta a cargo es la delincuencia organizada; y no solo esto, la soberania, se encuentra tambaleante ante los medios de comunicacion, y la gran influencia que tienen sobre la poblacion.

Lo que debemos buscar, sobre todo los estudiantes del derecho, es buscar mecanismos que nos lleven a establecer un mejor estado de derecho.

El articulo menciona que es importante que los gobernados, esten cerca del poder, esto para que haya un mejor control.

viernes, 11 de mayo de 2012

derecho comparado

Derecho Comparado



El Derecho comparado suele ser calificado como una disciplina o método de estudio del Derecho que se basa en la comparación de las distintas soluciones que ofrecen los diversos ordenamientos jurídicos para los mismos casos planteados (esto dentro de una perspectiva funcionalista). Por este motivo, suele discutirse si resulta propiamente una rama del Derecho o como una metodología de análisis jurídico.

El Derecho comparado como método puede ser aplicado a cualquier área del derecho, realizando estudios específicos de ciertas instituciones. A este tipo de análisis se le denomina microcomparación. Por su parte, si se estudia las diferencias estructurales entre dos sistemas jurídicos se le denominará análisis macrocomparativo.

Utilidad

La utilidad del Derecho comparado es variada, tanto para la doctrina como para la jurisprudencia y el legislador.

· La doctrina jurídica estudia con detenimiento casos de otros ordenamientos para realizar su estudio y comentario del derecho vigente.

· La jurisprudencia en ocasiones acude al Derecho comparado para interpretar las normas jurídicas. En este sentido se trata de aplicar una analogía amplia, a nivel internacional, para interpretar la ley interna.

· El legislador en muchas ocasiones toma ideas y modelos del exterior, para implantarlos en nuevas leyes que buscan solucionar problemas que se plantean localmente.

japon

Japón


El nombre Japón  significa: 'el origen del sol, tiene un origen chino: pinyin ri ben, Wade-Giles jih pen, el oriente, el lugar desde donde sale el sol.

El carácter representado por dos cuadros, uno sobre otro es la evolución de un círclo con un punto central que representa al sol, y otro simbolo representado por un triangulo atravesado representa la raíz de un árbol y también tiene el significado de origen.

La expresión país del sol naciente hace referencia a esta etimología del nombre en japonés.

El nombre en japonés, nipon, es utilizado en sellos y en eventos deportivos internacionales, mientras que Nihon se usa comúnmente dentro de Japón.

Según la leyenda descrita en el Kojiki y en el Nihonshoki, Japón fue fundado en el siglo VII a. C. por el Emperador Jinmu. Durante los siglos V y VI, el sistema caligráfico chino y el budismo fueron introducidos junto con otras costumbres chinas a través de la península coreana o directamente desde China. Los emperadores fueron gobernantes oficiales, pero el verdadero poder permanecía generalmente en manos de poderosas cortes nobles, regentes o shogunes.


Durante el siglo XVI, mercaderes de Portugal, de los Países Bajos, de Inglaterra y de España llegaron a Japón y fundaron misiones cristianas. En 1549, llegó a Japón para predicar el cristianismo el misionero español jesuita San Francisco Javier tras desembarcar en Kagoshima, Kyushu, aprovechando las rutas comerciales portuguesas.

El gobierno es descentralizado. Se puede distinguir:


  • El gobierno central: Japón es una monarquía constitucional  en la cual las personas mayores de 20 años pueden votar en sufragio universal. En la práctica, es una democracia parcial o parlamentaria, el pueblo no vota a un presidente, sino a los miembros del Parlamento y éstos, a su vez, votan a un Primer Ministro de entre uno de ellos.
  •  El tiempo que un primer ministro permanece en su cargo depende de por cuanto tiempo pueda mantener el apoyo de la mayoría del parlamento, pudiendo durar muchos años o tan sólo unos meses. A diferencia de otras democracias, como los Estados Unidos o el Reino Unido, donde coexisten dos partidos fuertes que se alternan en el poder, Japón tuvo hasta las elecciones de 2009 un partido dominante (el Partido Liberal Democrático) que coexistió con otros partidos menores sin opciones reales de proponer a un primer ministro propio. Esta situación parece haber cambiado tras los últimos sufragios de 2009, en los cuales el Partido Democrático ha obtenido escaños suficientes como para provocar una alternancia de poder.
  • El gobierno local: Los gobernantes de cada prefectura son elegidos por el pueblo, pero su independencia está limitada por el presupuesto anual que el gobierno central destina a cada prefectura

jueves, 10 de mayo de 2012

sistemas mixtos


Sistemas mixtos


Se entiende por mixto, el sistema jurídico positivo, en el cual coexisten en mayor o menor medida como Derecho vigente, Instituciones o prácticas que provienen de dos o más familias jurídicas principales.


Incluyen dos o más mecanismos jurídicos que operan de manera simultánea o interactiva en una sociedad multicultural y multirreligiosa. A veces se yuxtaponen y se aplican de manera complementaria. El régimen jurídico de muchas naciones de Africa del Norte y del Oriente Medio denota una fuerte influencia de la tradición del derecho civil, pero en algunos aspectos, como los relacionados con las personas, la familia y la propiedad, tienden a seguir la tradición islámica. Otros, en el lejano oriente, como India y Filipinas comparten tradiciones la primera del common law y la segunda del neorromanismo, con influencias culturales propias.

Israel es una república parlamentaria con la suprema autoridad atribuida al cuerpo legislativo. El Estado, al igual que Inglaterra, aunque por razones distintas - de tipo religioso - no ha promulgado una constitución escrita, sino un conjunto de leyes aprobadas por el Parlamento que regulan las funciones del gobierno.

Órgano legislativo Está integrado por una asamblea nacional o parlamento, denominada knéset.

 Se integra con 120 miembros, elegidos cada cuatro años (puede ser disuelta y llamar a nuevas elecciones).

Funciones:
Elige al Presidente y aprueba la formación del gabinete de gobierno.

Legisla y supervisa el trabajo del gobierno. (puede retirarle su confianza). El Proceso legislativo tiene tres fases: 1.- Iniciativa a comisiones; 2.- discusión en sesión plenaria; 3.- votación final. La ley o decreto es firmada por el ministro del ramo, el Primer Ministro y el Presidente.

Órgano ejecutivo Jefe de estado: Lo constituye el presidente, a quien se elige para un periodo de siete años, pudiendo ser reelecto por un periodo más, por mayoría simple; sus poderes están muy limitados. Sus funciones son meramente protocolarias:

Simboliza la unidad nacional

Conserva el rango de jefe del Sanhedrin (ente judicial y legislativo del Israel histórico).

Inicia el procedimiento de integración de un nuevo gobierno


crisis de los misiles


Crisis de los misiles


Cuba había sido un país  ligado a los intereses norteamericanos desde su independencia de España en 1898.

La revolución de Fidel Castro en el 59, que en un principio no se definía como comunista pero que tenía orientación nacionalista, comenzó a tomar medidas que lesionaban los intereses estadounidenses. La reacción de Washington fue inmediata, excluyó a Cuba de la OEA (Organización de Estados Americanos) y organizó,una invasión de emigrados anticastristas en Bahía de Cochinos  en abril de 1961.


 

En ese contexto, el régimen de Fidel Castro se hubico en una linea que iba  hacia el alineamiento con el bloque soviético y el establecimiento de una dictadura comunista en la isla.


 

En octubre de 1962, aviones espías norteamericanos U2 detectaron la construcción de rampas de misiles y la presencia de tropas soviéticas.

 

El 22 de octubre, con el apoyo claro de sus aliados occidentales, Kennedy toma una medida de gran dureza: establece una "cuarentena defensiva", es decir, un bloqueo de la isla, desplegando unidades navales y aviones de combate en torno a Cuba. Si los navíos soviéticos intentaran forzar el bloqueo, el conflicto armado entre los dos superpotencias estaba servido.


 

Fue el momento de la guerra fría en que más cerca se estuvo del enfrentamiento directo entre la URSS y EEUU y de la hecatombe nuclear. Finalmente, tras negociaciones secretas, Kruschev lanza una propuesta aceptada por Kennedy: la URSS retiraría sus misiles de Cuba a cambio del compromiso norteamericano de no invadir la isla y de la retirada de los misiles Júpiter que EE.UU. tenía desplegados en Turquía.


 

El mes siguiente la URSS desmonta y repatría su material bélico ofensivo y EE.UU. levanta el bloqueo. :D


 


como recomendacion, ver peli: 13 dias :) ayuda a comprender de mejor manera el tema.


invasion de la bahia de cochinos


Cuba y la Invasión de la Bahía de Cochinos


 

Antes de que Kennedy fuera electo Presidente, la administración de Eisenhower creó un plan para derrocar al régimen de Fidel Castro en Cuba.

Como parte  del plan, se incluía armar una insurrección contra-revolucionaria compuesta por cubanos anti-castristas.

Los  cubanos, entrenados por los Estados Unidos de Norteamérica, tenían que invadir Cuba e instar a una sublevación del pueblo cubano para lograr el objetivo de derrocar a Castro del poder.

El 17 de abril de 1961, Kennedy ordenó que el plan se ejecutara. Con apoyo de la CIA, en lo que fue conocido como la Invasión de la Bahía de Cochinos, 1.500 exiliados cubanos, entrenados por los Estados Unidos de Norteamérica  y llamados Brigada 2506, volvieron a la isla con la esperanza de derrocar al régimen castrista. Sin embargo, Kennedy ordenó que la invasión se llevara a cabo sin el apoyo aéreo de EE. UU.

El 19 de abril el gobierno cubano había capturado o ejecutado a los invasores exiliados, y Kennedy se vio obligado a negociar la salida de los 1.189 sobrevivientes.

 Entre las causas del fracaso del plan, se han señalado la falta de diálogo entre los líderes militares, y la falta total de apoyo naval para hacer frente a la eficaz artillería de la isla, que incapacitó fácilmente a los exiliados cubanos cuando desembarcaron.

Después de 20 meses, Cuba liberó a los exiliados capturados a cambio de 53 millones de dólares en comida y medicina. Kennedy, se responsabilizó totalmente del fracaso.

 Debido a esta invasión, Castro comenzó a preocuparse de los estadounidenses, creyendo que habría una segunda invasión.

sistema socialista


El sistema socialista soviético.


Este sistema surgió en Rusia después de revolución bolchevique de 1917; los sistemas jurídicos soviéticos socialistas formado una nueva tradición o familia jurídica; antes de esa fecha Rusia pertenecía a la familia romano germánica un neorromanista. Por lo tanto o el vocabulario de los juristas siguió siendo el mismo de la ciencia jurídica editada sobre la base del derecho romano transmitido a través de las universidades europeas; principal fuente del derecho fue la legislación y se continuó con la tradición de la codificación.

La transformación del sistema socialista soviético en una tradición o familia jurídica autónoma, tuvo lugar hasta mediados de los años 30.                                                              

En un principio se aceptó con reservas y fue muy debatido si este sistema debía ocupar un lugar especial junto con las otras dos más destacadas tradiciones del mundo moderno, es decir, la tradición neorromanista y la del Common law. Hubieron argumentos a favor y en contra, los que estaban en contra aducían que el sistema socialista tiene características hacen pertenecer a la familia neorromanista y sus diferencias eran variaciones comunes en los diferentes sistemas que conforman una familia jurídica. Sin embargo, prevaleció la posesión de que el sistema socialista aunque tenía influencia de la tradición neorromanista, tenía ciertas peculiaridades propias que lo hacía muy diferente de las otras familias jurídicas existentes.

Los principios de este sistema son conocidos bajo nombre de marxismo leninismo. Ya que proviene de la filosofía elaborada por Carlos Marx y Federico Engels.


La República de Cuba es un Estado socialista de obreros, campesinos y demás trabajadores manuales e intelectuales.

Estructura Estatal.
*Asamblea Nacional del Poder Popular.
*Consejo de Estado.
*Consejo de Ministros.
*Tribunal Supremo Popular.

peli "no me ire sin mi hija"


No me iré sin mi hija



La película comienza con una  familía de Michigan, los cuales son Bety, Mody y Mahtob. Tras varios años de estar casados, Mody convence a su esposa para que vayan de visita con su hija Mahtob a su familia en Irán durante dos semanas.
A pesar de que Betty no está contenta con la idea, Mody la convence diciendoke que podrán regresarse cuando quieran; por lo que ella, acepta. Llegan a Irán, y ella debe llevar un velo negro; y descubre que la a familia de Mody no le gusta como su hijo ha dejado a un lado sus creencias para parecer un verdadero norteamericano.

Dos semanas después Mody revela a Betty que ha sido despedido de su trabajo, y ha decidido que la familia se quedará a vivir en Irán. Esta decisión no es aceptada por Bety, que descubre que su marido ha cambiado por completo su personalidad. Pero su marido la golpea y le quitatodo el dinero e identificación que llevaba. Bety intenta desde ese momento, contactar a su familia en Míchigan y con una embajada, pero su marido trata de impedirlo.

Cuando llega a la Embajada Suiza, Betty descubre que, según la legislación iraní, al casarse con su marido es ciudadana iraní, y que allí las mujeres no tienen derechos sobre sus hijos. Así, descubriré que no podrá salir de Irán o hacer movimiento alguno sin el permiso de su marido. Y aunque Bety tiene derecho a divorciarse, la custodia de la hija pasaría a Mody. Para intentar salir del país, Bety trata de convencer a su marido de que va a seguir los preceptos del Islam. Durante ese tiempo la pareja se traslada a vivir al piso del hermano de Mody, el marido consigue trabajo en un hospital iraní, y la hija Mahtob es apuntada a una escuela musulmana.

En uno de los trayectos de Betty al mercado, conoce a Houssein, que forma parte de una red que ayuda a mujeres occidentales en su misma situación a huir del país. Cuando el padre de Bety cae enfermo, Mody hace planes para hacer una visita a Estados Unidos pero dejando a su hija en Irán con su familia. En una ocasión  aprovechando una ausencia de su marido por su trabajo en el hospital, Betty y Mahtob consiguen escapar de Irán cruzando la frontera del país.

Bety y Mahtob regresaron a Estados Unidos el 9 de febrero del 86.
altamente recomendable :D

derecho musulman


DERECHO MUSULMÁN


El sistema de derecho musulmán es un sistema autónomo de derecho religioso cuya base principal es el Corán.
En un cierto número de países de tradición musulmana, ese derecho tiende, a limitarse al estatuto personal, el cual puede ser más bien interpretado de manera amplia.

El Derecho Musulmán, no constituye una rama autónoma del conocimiento, sino que es una de las facetas de la religión del Islam. Esta se compone, por un lado, de una teología que establece los dogmas y fija las creencias del musulmán; se compone, además, del char, que prescribe a los creyentes lo que deben o no deben hacer. Estrechamente vinculado a la religión y la civilización islámicas, el Derecho Musulmán solamente puede ser entendido por quien posea un mínimo de conocimientos de esta religión y de la civilización correspondiente.

El derecho musulmán no hace la diferencia entre derecho publico y privado; el primero no forma parte de este derecho, ya que a la muerte del profeta se estipulo que no se introdujeran en el Corán normas referentes al estado.

Dentro del derecho musulmán el califa es el jefe de la monarquía islámica, anqué puede ceder parte de su poder a príncipes que reciben el nombre de sultán o emir quienes tendrán poder solo en cierto territorio.

Como el derecho publico no forma parte de este derecho cuando hay un asunto penal el castigo forma parte del derecho privado, ya que el propio afectado tiene la facultad de condenar al delincuente o ejecutarle.

Se consideran también delitos la fornicación, la blasfemia, la calumnia, el huerto que es castigado con la amputación de la mano derecha entre otras.

Es importante también destacar que este derecho mas que al individuo se dirige a la familia y en especial a padre de esta por lo que en el Corán encontramos regulaciones para el matrimonio, la filiación y la herencia, es decir figuras relacionadas con la conservación y transmisión de la propiedad.
En este sistema, para ser precisos, en el matrimonio, la mujer no constituye uan de las partes, quien lo hace es el pater de esta.
El padre de familia, entrega a la mujer, haciendo constar, que esta sale del nucleo familiar al que pertenece para pasar a otro.




sistema anglosajon


Sistema anglosajón

En este sistema el evaluador moral competente es el legislador, el es quien resuelve, esto tomando en cuenta precedentes a casos concretos, el legislador surge de la comunidad al igual que un grupo de personas que lo acompañan para evitar cometer injusticias.

Este sistema tiene dos ramas:

◘ La británica con un sistema parlamentario.

◘ La norteamericana con un sistema presidencialista. 

 Dentro de este sistema el jefe de estado tiene a su cargo la administración pública y es la cabeza principal de esta, tiene diferentes acepciones dentro de los países con este sistema.


España
Francia
Inglaterra
Jefe de estado
Rey
Presidente
rey
Jefe de gobierno
presidente
Primer ministro
Primer ministro


El Derecho anglosajón  se deriva del sistema aplicado en Inglaterra, se utiliza en gran parte de los territorios que tienen influencia de tipo britanica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyess establecidas por el ordenamiento juridico.

El sistema de Derecho anglosajón se basa, sobre todo, en el análisis de las sentencias judiciales que son  dictadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores (aquellos a los que se pueden apelar las decisiones tomadas por dicho tribunal) y en las interpretaciones que en estas sentencias se dan de las leyes, por esto las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos, ya que se espera que los tribunales las clarifiquen (o estos ya lo han hecho sobre leyes anteriores, pero similares). Este es el motivo por el cual en Estados Unidos aún se enseñan normas de la época colonial inglesa.




Las fuentes de este derecho son:

1.- Precedente

2.- Legislación

3.- Costumbre

4.- Razón

5.- Doctrina

sistema neorromanista


Sistema neoromanista


Es la familia romano-germánica  La integran los países que basan su orden jurídico en fundamentos del Derecho romano y de la tradición germánica. A esta familia pertenece nuestro país, se dice tambien que es la familia del derecho legislado; esto porque sus normas juridicas estan basadas en leyes escritas, asi pues como ejemplo tenemos los diferentes codigos e inclusive la constitucion.

Es la primera de las familias que encontramos en el mundo contemporáneo, por lo que se puede asegurar que es la familia más antigua.
Esta familia ha rebasado  las fronteras del antiguo imperio y ha conquistado, especialmente toda la América Latina, y una gran parte de África, Esta expansión se ha debido, en parte a la colonización, que fue llebada de lugar en lugar.
En el caso de nuestro pais este sistema llego a traves de la colonizacion española. 

Sus fuentes son la ley, la costumbre y la jurisprudencia.

La ley: es una norma juridica dictada por el legislador, es tambien regulacion de conducta, la da el ordenamiento juridico para regular la conducta de manera obligatoria, vinculatoria, para asegurar su cumplimiento se aplica una sancion.

La costumbre: se refiere a aquellas conductas llebadas a cabo por la sociedad de manera frecuente, se adoptan por todos los integrantes hasta que se convierete en una regla de conducta , que debe ser respetada por todos.

La jurisprudencia: es la interpretacion que se da a la norma juridica , se da para que se pueda aplicar a un caso en concreto.

El derecho perteneciente  a esta familia es el derecho escrito o legislado, considera la división entre derecho publico que es aquel referente a las instituciones del estado, y el derecho privado que tiene que ver con los intereses del individuo.

Dentro de la influencia del derecho romano, la aplicación del Derecho requiere de personas especializadas en la práctica jurídica tales como:


EL JUEZ.- Individuo que tiene la potestad de administrar justicia a los particulares, aplica las leyes en los juicios que se le presentan y dicta las sentencias.
Interpreta y aplica el derecho legislado.


EL LEGISLADOR.-Es la Persona que da o establece las Leyes, tiene como obligación cuidar que el resultado de su labor responda a las necesidades del pueblo. Debe ser claro y completo para facilitar la labor del Juez.


basado en el libro de la Dra. Consuelo Sirvent, en la obra SISTEMAS JURIDICOS.


familias juridicas


Familia jurídica


Es un conjunto de sistemas jurídicos que tendrán como características principales:

-       Origen o antecedentes comunes (un tronco común)

-       Características similares

 Una familia jurídica es, un conjunto de sistemas jurídicos que comparten determinadas características.
 El enunciado de sistema jurídico se refiere al derecho nacional que tiene cada Estado, en tanto que el término familia es un conjunto de individuos que comparten un mismo nucleo, asi como un descendiente comu.
Una familia juridica  remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las fronteras de una nación.

Las Familias jurídicas existentes en el mundo son:

Familia neorromaista
La integran los países que basan su orden jurídico en fundamentos del Derecho romano y de la tradición germánica, su derecho es legislado, es decir, escrito. A esta familia pertenece nuestro país.



Familia del common law o anaglosajon.
Este derecho se fue formando por las decisiones judiciales (precedentes) Surgidas de los Tribunales.
A esta familia pertenece: Gran Bretaña, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda.

Derecho islamico
La característica de este sistema es que no separa la religión del derecho, tampoco separan lo que es el derecho publico del privado.
En la familia musulmana, por ejemplo,la base, tanto juridica, como religiosa es el coran.

Socialista
En esta familia encontramos bases de ideas marxistas; es tambien una familia capitalista.

Familia  mixta
Existen algunos sistemas jurídicos que por sus características resultan difíciles de clasificar dentro de una familia jurídica determinada, ya que en ellos están presentes elementos que pertenecen a dos o más sistemas distintos, es por lo anterior por lo que surgen las familias mixtas.

Familia no clasificados
Fue un sistema en donde hubo muchas transiciones
Nunca fueron clasificados, es decir, por sus caracteristicas no pertenecen a ninguna de las familias que ya habia sido tipificadas.

el Dr. Armando Hernandez Cruz establece que esta familia ni siquiera debia existir.

sistemas juriodicos


Sistemas jurídicos



Se refiere a lo relativo al derecho.

Es un conjunto de reglas o principios coordinadas y subordinadas entre si, son normas que integran al derecho y que buscan el bien común.

Un sistema jurídico es también un conjunto de instituciones métodos y procedimientos legales que constituyen el derecho vigente y positivo de un lugar.

Cada estado que tenga soberanía tiene un sistema jurídico por lo que se puede decir que hay tantos sistemas jurídicos como países existentes en el mundo.

Por lo anterior cada sistema jurídico tiene un delimitado ámbito de vigencia espacial, temporal y material. Las leyes, la costumbre, los reglamentos, la doctrina y la jurisprudencia, entre otras, son las fuentes que delimitan su vigencia espacial por ejemplo.

Como cada país tiene su propio sistema jurídico tendrá cada uno su propio ámbito temporal, es decir tendrá cierta vigencia, al igual que su propio ámbito material refiriéndose a la materia que regulara.

 El sistema jurídico tiene las estructuras y las modalidades de funcionamiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas de derecho, así como los servicios que surgen de ellas. El sistema jurídico comprende así el aparato jurisdiccional, pero también el aparato no jurisdiccional.

Es muy importante tomar en cuenta los sistemas juridicos de cada pais, esto al igual que el derecho comparado, pues nos dara bases para ampliar el conocimiento que tenemos de los diferentes ordenamientos juridicos con los que cuenta cada pais.

Los sistemas juridicos, sugun el doctor Rolando Tamayo, es un estudio a la naturaleza del derecho asi como sus aplicacoones juridicas.